Directrices para Evaluadores

El aporte esperado de la evaluación se refiere al análisis de consistencia académico-científica, respecto del problema, fundamentación teórica, metodología aplicada, resultados obtenidos y descritos, análisis y conclusiones sobre el objeto y fenómeno estudiado/investigado.

Los criterios de evaluación aplicados a los documentos enviados a la revista tienen en cuenta la relevancia del tema, originalidad del aporte en las áreas temáticas de la revista, claridad del texto, adecuación de la bibliografía, estructuración y desarrollo teórico, metodología utilizada, conclusiones y aporte. ofrecido al conocimiento de la zona.

La revista RIPPMar espera recibir opiniones de evaluadores ad hoc que respondan a las siguientes preguntas:

  1. El título es apropiado al contenido del documento;
  2. El resumen describe sucintamente el contenido del documento;
  3. Las palabras clave son apropiadas y reflejan el contenido del documento;
  4. Los objetivos se presentan claramente;
  5. La fundamentación teórica es actual y consistente;
  6. Los procedimientos metodológicos son adecuados y factibles;
  7. El análisis es consistente con los datos y la información recopilados y presentados;
  8. Los datos que respaldan el texto están disponibles;
  9. La discusión está interrelacionada con los objetivos propuestos y la literatura presentada;
  10. La redacción sigue el estándar esperado de un texto científico calificado para publicación;
  11. Se señalan cuestiones éticas.

IMPORTANTE: Se solicita a los evaluadores ad hoc que completen los metadatos del sistema OJS con respecto a: número ORCID; enlace al plan de estudios Lattes; temas de interés para la evaluación.

Revisión por Pares Doble Ciego

El documento es evaluado por pares en modo doble ciego (Double Blind Peer Review). Durante la evaluación, los evaluadores ad hoc pueden acceder al texto de forma segura a través del sistema OJS de la revista.

Los documentos originales son remitidos a evaluadores ad hoc con un mínimo de doctorado o conocimientos reconocidos o, en algunos casos, a miembros del Consejo Editorial, especialmente para resolver situaciones de evaluaciones contradictorias.

El evaluador ad hoc deberá registrar su opinión en el Formulario de Evaluación disponible en la ronda de evaluación específica, a través del sistema OJS. El evaluador ad hoc, si lo prefiere, puede hacer sugerencias y enviar una versión editada del documento para compartir con el autor. El Equipo Editorial debe tomar las precauciones necesarias para preservar el anonimato entre las partes involucradas.

Los evaluadores ad hoc deben indicar claramente todos los puntos que se solicitan ajustes y correcciones.

Los plazos establecidos por la revista son los siguientes: respuesta a la solicitud de evaluación: 5 días; Evaluación de documentos: 15 días. Corresponderá al Equipo Editorial decidir si otorga un plazo mayor para responder o reemplazar al evaluador ad hoc.

Decisión Después de la Revisión por Pares Doble Ciego

Las opiniones pueden resultar en 5 (cinco) tipos de evaluaciones:

  1. Aceptar.
  2. Aceptar, con revisión de estilo (plantilla), estándares editoriales y revisión gramatical, con seguimiento por parte de RIPPMar Editores.
  3. Aceptar, con revisión de pequeños ajustes de contenido, sin necesidad de volver al evaluador ad hoc, con un plazo de hasta 15 días para retroalimentación.
  4. Aceptar, con revisión importante del contenido, con adición de texto adicional, con necesidad de devolución al evaluador ad hoc, con un plazo de hasta 30 días para devolución.
  5. No aceptar, cuando de la evaluación se destaquen preocupaciones significativas respecto de los fundamentos teóricos, metodológicos o éticos.

Las revisiones solicitadas en los puntos 3 y 4 deberán ser devueltas acompañadas de un documento que indique los cambios realizados y justifique los puntos que no se cumplieron según lo solicitado por el evaluador ad hoc.

En el caso del punto 4, el documento pasa por una nueva ronda de evaluación antes de que se tome una nueva decisión editorial.

En el caso del ítem 5, el evaluador ad hoc deberá justificar la decisión, indicando las inexactitudes para que el texto no sea aceptado para publicación.

La publicación del documento está sujeta al cumplimiento de las recomendaciones de los evaluadores ad hoc.

Cabe mencionar que por razones éticas, los evaluadores ad hoc deben tener el sentido común de rechazar la solicitud de evaluación si tienen un conflicto de intereses con relación al documento presentado.

RIPPMar pone a disposición un formulario de evaluación específico que se envía en el sistema OJS. El Equipo Editorial es responsable de mantener el anonimato entre las partes, para garantizar la imparcialidad e imparcialidad durante el proceso, excepto en el caso de preimpresiones. Cabe mencionar que el Equipo Editorial tomará medidas en situaciones en las que sea necesario eliminar lenguaje inapropiado u ofensivo.

De ser necesario, los evaluadores ad hoc pueden contactar con el Equipo Editorial para resolver cualquier duda.